Resumen
Tras observar el tipo de acciones en que se ha venido plasmando la protesta social, la reforma da una nueva redacción a los artículos en que se regulan los delitos de atentado, desórdenes públicos y ocupación de sedes para poder castigar todas ellas, incluso las pacíficas y meramente reivindicativas. Por ejemplo: ocupación de sedes de bancos o centros de salud de manera totalmente pacífica, parar el metro.
– Especialmente grave es la introducción del art. 559 C.P., que antes castigaba las conductas de aquellos que perturbaran gravemente el orden público con el fin de impedir a alguna persona el ejercicio de sus derechos cívicos (derecho al voto, derecho al trabajo, derecho de reunión), y ahora castiga “la distribución o difusión pública, a través de cualquier medio, de mensajes o consignas que inciten a la comisión de alguno de los delitos de alteración del orden público…, o que sirvan para…
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